Recientemente se ha dado a conocer el anteproyecto de Ley de Protección y Derechos de los Animales, antes denominado de Bienestar Animal. Este documento, que todavía es un borrador que puede sufrir cambios, está siendo sometido a información pública y se calcula que puede llegar al Consejo de Ministros antes de Diciembre. La nueva ley propone cambios profundos en el reconocimiento de los animales como seres vivos y en la protección de su dignidad. Sin embargo, algunas medidas, especialmente la esterilización obligatoria, han suscitado una gran controversia y la petición de revisión por parte de diferentes colectivos veterinarios, por ser demasiado radical, ya que puede resultar contraproducente para muchos animales.

Uno de los objetivos de esta ambiciosa normativa es el sacrificio cero y para ello, una de las claves es el abandono cero, según las propias palabras del director general de Derechos de los Animales, Sergio García Torres. Y es que, según la Federación de Asociaciones Protectoras (FAPAM), se calcula que al año se abandonan en España 300.000 perros y gatos, lo que propicia eutanasias sin estar justificadas a los 20 o 25 días de que los animales entren en una perrera si nadie los adopta. Para evitar llegar a este punto, se propone la creación de hasta seis registros estatales: de animales de compañía, de núcleos zoológicos, de criadores, de inhabilitados para tenencia de animales, de profesionales del comportamiento animal y de entidades de protección animal.
Se calcula que al año se abandonan en España 300.000 perros y gatos, lo que propicia eutanasias sin estar justificadas a los 20 o 25 días de que los animales entren en una perrera si nadie los adopta.
El registro de animales de compañía busca establecer un mayor control de nuestras mascotas (tanto su procedencia, como a nivel sanitario) coordinado entre las 17 Comunidades Autónomas. El de núcleos zoológicos no sólo permitirá tener un registro completo (actualmente muchas comunidades no cuentan con él), y disponer de un sistema alfanumérico en todo el país, sino también evitar que «criadores pirata» puedan publicar anuncios en plataformas de Internet. Este último punto se verá reforzado, además, por el nuevo registro de criadores.
Los particulares no podrán tener más de cinco animales en su hogar y quienes quieran tenerlos deberán registrarse como núcleos zoológicos. Las personas que cuenten con más animales cuando se apruebe la ley, no se considerará que estén fuera de ella, pero no podrán adquirir más.
SE PROHÍBE LA VENTA EN TIENDAS
La nueva ley prohíbe la venta de especies animales en tiendas, así como su exposición y su exhibición, a excepción de los peces. De esta manera, se evita la compra compulsiva y se actúa en cuanto al bienestar de las mascotas en estos espacios. Los animales podrán ser adquiridos en criadores profesionales registrados o en centros de adopción.
SÓLO LOS PROFESIONALES PODRÁN CRIAR
La cría de animales estará exclusivamente permitida a profesionales registrados y con una formación concreta, y se limitará el número de camadas, dependiendo de las necesidades de núcleos zoológicos y establecimientos; todo ello supeditado a control veterinario. Se prohibirá por ejemplo la cría cuando se dé más de un 25% de consanguinidad en los animales o cuando haya enfermedades genéticas.
RECONVERSIÓN DE LOS ZOOS
Se prohibirá la cría de especies no autóctonas, incluso en los zoológicos, que dejarán de comprar animales, sobre todo grandes mamíferos y cetáceos. El objetivo es pasar a reconvertir esos espacios en centros de reintroducción de especies autóctonas, para favorecer su repoblación, como la nutria ibérica en el zoo de Madrid, por ejemplo.
LOS RESPONSABLES DEL ANIMAL DEBERÁN HACER UN CURSO FORMATIVO
Quien quiera disfrutar de una mascota deberá realizar un curso formativo que facilite la tenencia responsable del animal. Se trata de un curso online corto y gratuito que será obligatorio, al igual que la suscripción de un seguro de responsabilidad civil. En este sentido, el texto recoge que «la persona responsable de un animal y subsidiariamente su titular, será también responsable de los posibles daños, perjuicios o molestias que pudiera ocasionar a personas, otros animales o cosas, a las vías y espacios públicos y al medio natural». Volviendo otra vez al curso formativo, según Sergio García Torres, este ofrecerá unos conocimientos de civismo y responsabilidad básicos a la hora de tener una mascota, como por ejemplo, recoger los excrementos en la calle.
LOS PERROS NO SE PODRÁN DEJAR SOLOS MÁS DE 24 HORAS
Para evitar que las personas titulares o responsables de animales de compañía se desentiendan de sus mascotas durante largos periodos de tiempo, como puede ocurrir en fines de semana o vacaciones, esta ley establece en tres días el tiempo máximo que se puede dejar sin vigilancia a un animal doméstico (gatos, cobayas, aves…) aunque en el caso de los perros, dicho plazo no podrá superar las 24 horas.
PROHIBIDO EL SACRIFICIO SI NO ES PARA EVITAR SU SUFRIMIENTO
Un punto fundamental que introduce la futura legislación es la prohibición del sacrificio de animales de compañía por problemas derivados de saturaciones en centros de acogida, por problemas económicos, fallecimiento del dueño o por un comportamiento inadecuado del animal. Así, el sacrificio de una mascota sólo se permitirá con el fin de evitar su sufrimiento, en casos de enfermedad o heridas incurables, o por motivos de sanidad animal, de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud pública o medioambientales debidamente justificados, normativa o científicamente.
SE ELIMINA EL LISTADO DE PERROS PELIGROSOS Y SE PROPONE LA ESTERILIZACIÓN OBLIGATORIA
La nueva normativa elimina, por otra parte, el listado de perros potencialmente peligrosos, haciendo que prevalezca la conducta del can y no la raza a la que pertenecen. Todos los perros tendrán que pasar una prueba de validación para saber si el animal es de manejo especial o no, lo cual en ocasiones puede ser complicado. Otra medida polémica es la propuesta de esterilizar a machos y hembras que conviven para evitar el alto porcentaje de camadas que existen. No obstante, la esterilización obligatoria es una medida muy radical que no en todos los casos es recomendable aplicar, como explica el especialista en reproducción animal Simón Martí. https://www.saludmascotas.com/imprescindibles/entrevistas/antes-de-esterilizar-a-un-animal-hay-que-estudiar-cada-caso-y-no-hacerlo-antes-del-primer-celo-entrevista-con-simon-marti/.
SANCIONES DESDE LOS 600 A LOS 600.000 EUROS
La nueva normativa distingue entre sanciones leves, graves y muy graves. Así, en el caso de las infracciones leves, las multas oscilan entre los 600 y 30.000 euros; en las graves, entre los 30.000 y 100.000 euros y en las muy graves, entre los 100.000 y 600.000 euros. Además se contemplan sanciones accesorias, como el decomiso del animal y su entrega a una entidad de protección o la posibilidad de inhabilitar al responsable del animal por un periodo máximo de cinco años, para las infracciones graves, y de cinco a diez años para las muy graves.
Gema Salgado
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